La compañía contraria puede incurrir en mora si, tras tu curación, no te hace una oferta en tres meses.

Tras un accidente de tráfico, una de las dudas más frecuentes es saber cuándo la compañía aseguradora contraria debe dar el siguiente paso y presentar una oferta de indemnización. Has pasado por todo el proceso médico, has reunido informes y has hecho tu reclamación. Sin embargo, el silencio de la aseguradora puede resultar frustrante y, en ocasiones, incluso perjudicial para tus intereses.

En este artículo vamos a aclarar en qué momento la aseguradora está obligada a presentar una oferta motivada, cuándo puede ampararse en una respuesta motivada y por qué, una vez que ya te has curado, el silencio o la inacción de la compañía puede tener consecuencias importantes para ella. Entender estos plazos y requisitos es clave para proteger tus derechos y negociar en igualdad de condiciones.


El plazo de la aseguradora: ¿cuándo debe hacer una oferta?

Una vez que sufres un accidente y presentas tu reclamación, surge la pregunta: ¿cuándo debe la aseguradora hacer una oferta? La ley establece que la compañía dispone de tres meses desde que recibe la reclamación del perjudicado para mover ficha. Es importante destacar que este plazo no empieza a contar desde tu curación, sino desde el momento en que la aseguradora recibe la reclamación debidamente documentada.

Esto significa que, aunque hayas recibido el alta médica o tus lesiones se hayan estabilizado, lo fundamental es que la compañía tenga en su poder toda la documentación necesaria para valorar el daño. Si la reclamación está incompleta o faltan informes, la aseguradora puede alegar que aún no puede cuantificar el perjuicio. Pero, una vez que todo está en orden, el margen de maniobra de la compañía se reduce considerablemente.

¿Qué debe hacer la aseguradora tras tu curación?

Cuando ya existe alta médica o las lesiones se han estabilizado y la documentación está completa, la aseguradora tiene la obligación de actuar. En este punto, debe remitir una oferta motivada, es decir, una propuesta de indemnización razonada, desglosada y basada en los informes médicos y documentación aportada.

No basta con enviar cualquier cifra: la oferta debe estar debidamente explicada, detallando cómo se ha calculado cada partida y en qué informes se apoya. Si la aseguradora considera que todavía no puede cuantificar el daño o rechaza la reclamación, debe enviar una respuesta motivada en la que explique los motivos de su postura. El silencio no es una opción válida en este proceso.

La importancia de la oferta motivada

La oferta motivada es mucho más que una simple propuesta económica. Es un documento clave que debe justificar la cantidad ofrecida y detallar los criterios utilizados para su cálculo. Esto permite al perjudicado entender si la oferta es justa y, en caso contrario, rebatirla con argumentos sólidos.

¿Cuándo se produce la mora de la aseguradora?

La mora no aparece de forma automática, sino cuando transcurren los tres meses desde la recepción de la reclamación sin que la aseguradora haya presentado una oferta motivada por una causa no justificada o imputable a la compañía. Es decir, si ya estás curado, la responsabilidad está clara y la aseguradora dispone de toda la documentación necesaria, retrasar la oferta puede salirle caro.

En este escenario, la aseguradora pierde gran parte de sus excusas habituales y puede verse obligada a abonar intereses por el retraso. Además, si aceptas la oferta y la compañía no paga ni consigna la cantidad ofrecida en el plazo establecido, también puede generarse el derecho a percibir intereses.

El papel de la estabilización de las lesiones

Hasta que no existe estabilización, la aseguradora puede argumentar que el daño no puede valorarse con precisión. Sin embargo, una vez que hay alta médica, secuelas definidas o finalización del tratamiento, la situación cambia radicalmente. En ese momento, el daño puede ser cuantificado conforme a los criterios habituales y la aseguradora debe actuar en consecuencia.

Es importante entender que curación no siempre significa la desaparición total del dolor o las molestias. En muchos casos, basta con que las lesiones se hayan estabilizado para que se cierre la valoración médica y la aseguradora deba presentar su oferta.

Ejemplo práctico: ¿qué ocurre si la aseguradora guarda silencio?

Imagina que sufres un accidente en enero, realizas rehabilitación durante dos meses y en abril recibes el alta médica. Tu abogado remite el informe de alta, toda la documentación médica y la reclamación correctamente planteada. Pasa mayo, pasa junio y la compañía sigue sin responder de forma seria.

En una situación así, la aseguradora empieza a quedarse sin argumentos. Si ya estás curado, la documentación está completa y la responsabilidad es clara, el retraso en la oferta puede suponer la entrada en mora. Esto puede tener consecuencias importantes en la negociación y en la cuantía final de la indemnización.

Cómo ponérselo difícil a la compañía: consejos prácticos

  • Guarda prueba de la fecha exacta en que la aseguradora recibió la reclamación. Esto es fundamental para poder acreditar cuándo empieza a contar el plazo de tres meses.
  • Aporta el alta médica o los informes de estabilización cuanto antes. Cuanto más completa esté la documentación, menos margen tendrá la aseguradora para retrasar la oferta.
  • Conserva todos los informes, facturas y justificantes de los perjuicios reclamados. Una reclamación bien documentada es mucho más difícil de rechazar o demorar.
  • No aceptes una oferta baja solo por cansancio. La paciencia y la firmeza suelen dar mejores resultados en la negociación.

Ordenar bien el expediente y presionar en el momento adecuado puede marcar la diferencia. Muchas veces, el problema no es la falta de derecho, sino la falta de insistencia o de una estrategia adecuada.

¿Qué ocurre tras aceptar la oferta?

Si finalmente aceptas la oferta extrajudicial de la aseguradora, el proceso de pago suele ser rápido. Una vez aceptada, se envía a la compañía el certificado de titularidad de la cuenta donde se realizará el abono y la indemnización se paga en los siguientes días hábiles. Es importante estar atento a estos plazos, ya que un retraso injustificado puede dar lugar a la generación de intereses a tu favor.

Conclusión: no normalices el silencio de la aseguradora

Si la compañía contraria no te hace una oferta en plazo cuando ya estás curado y el daño puede valorarse, no lo normalices. La mora puede jugar a tu favor y cambiar por completo la negociación. Mantén el expediente ordenado, conserva todas las pruebas y no dudes en exigir tus derechos.

En Indemniplus te ayudamos a que la aseguradora cumpla con sus obligaciones y a que recibas la indemnización que te corresponde. Si tienes dudas sobre tu caso o necesitas asesoramiento, contacta con nosotros y te orientaremos en todo el proceso.

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